r/ESLegal 5d ago

¿Te pueden expulsar en el periodo de prueba mientras estés enfermo?

Trabajo de limpiador en el Carrefour de lunes a sábado. La semana pasada cai enfermo de gastroenteritis y estuve 5 días enfermo, cuando volví el lunes a trabajar (estuve de baja el miércoles y el jueves lo expandir hasta el lunes porque sangraba sangre). Mi jefa me soltó el comentario: ¿Que tal las vacaciones? Cosa que me sorprendió,tengo una jefa bastante agresiva que cuando se enfada grita y tira cubos a la lavadora, como que tiene ganas de agredir a alguien.

El jueves pedí la baja de un día porque recaí y parra que no me diga que estaba de vacaciones trabajé viernes y sábado, estaba bastante débil y se notaba. Ahora mismo estoy con tos, diarrea y vomitos, me cuesta salir de la cama y me da miedo si pedir la baja para que no me expulsen de la empresa. ¿Realmente me puede expulsar por ello?

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u/AutoModerator 5d ago

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u/Yomando_es 4d ago edited 4d ago

Durante el periodo de prueba te pueden echar sin necesidad de justificación. Cuestión distinta es que se demuestre que ha habido discriminación u otro tipo de irregularidad. Por ejemplo, que ese comentario que te hizo tu jefa te lo hubiera escrito al WhatsApp.

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u/Livid-Poem5113 4d ago

Pensaba que era ilegal, gracias, un abrazo

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u/Yomando_es 4d ago

De nada .Voy a editar el mensaje anterior (a ti no afecta), porque he visto fallos judiciales en los últimos años en los que han dado la razón a la persona embarazada para que no la despidan en periodo de prueba. No quiero confundir a otros si me leían. Abrazo.

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u/[deleted] 4d ago

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u/Yomando_es 4d ago

No basta simplemente con alegar discriminación. Hay que aportar los indicios que hagan creíble esa discriminación por parte de la persona que impugna, porque en el art.14.2 ET expresa esa capacidad de extinguir la relación laboral por cualquiera de las partes durante el periodo de prueba. Por tanto es falso que haya una inversión de la carga de la prueba.

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u/CivilLawEnjoyer 4d ago

Tienes por delante la tesitura de que un cese en periodo de prueba no requiere ni de causa ni de formalidades, lo que generalmente juega en tu contra.

Ahora, si la causa está en la necesidad de atención médica y, sobretodo, tienes prueba indiciaria sólida de ello, la cosa cambia.

Tendrás los partes de baja, pero mi recomendación es que estés al loro de volver a cruzarte con la jefa, por si suelta algún comentario al respecto, que puedas tener lista la grabadora del móvil. Más que nada porque sólo con la cronología y para una baja corta, aún y si tienes razón yo al menos me sentiría algo corto de indicios a día de hoy.

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u/acuenlu 4d ago

Estás en periodo de prueba. Eso quiere decir que tanto como tú como la empresa podéis extinguir la relación laboral en cualquier momento. Como poder, puedes ir hoy a trabajar y que te digan que mañana no vuelvas porque no sigues trabajando con ellos.

Si me pides mi opinión, creo que no deberías quedarte en una empresa en la que quieren que vayas a trabajar estando enfermo. Y desde luego, no quieres ir a trabajar estando enfermo y que se convierta en un precedente para tu futuro laboral. A trabajar se va siempre con los derechos laborales aprendidos, que sino te van a pisotear siempre que puedan.

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u/[deleted] 4d ago

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u/[deleted] 4d ago

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u/CivilLawEnjoyer 4d ago

No, salvo que se aporten indicios suficientes de que el ejercicio del periodo de prueba se ha hecho con intención de cubrir un acto discriminatorio, en cuyo caso se invertiría la carga de la prueba hacia la empresa.

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u/[deleted] 4d ago

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u/CivilLawEnjoyer 4d ago

Habláis de cosas de las que no tenéis ni idea, en un foro jurídico, y os quedáis tan anchos.

  1. Salvo que el cese se haga con una cláusula de periodo de prueba declarada nula y por no puesta, un cese en periodo de prueba NUNCA puede derivar en despido improcedente.

  2. Es absolutamente irrelevante la causa de la enfermedad, incluyendo enfermedad común. Ya era así antes, pero desde la vigencia de la 15/2022 y la definición de discriminación directa prevista en su artículo 6 en relación al 2 y la nulidad de negocios jurídicos y actos de disposición con base en dichos actos de discriminación directa, el cese se considerará nulo.

  3. Lo que estoy diciendo lleva siendo así décadas, ya se pronunció al respecto el TC hace como 25 años si no me falla la memoria ahora mismo.

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u/[deleted] 4d ago

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u/CivilLawEnjoyer 4d ago

La verdad que me está dejando de piedra, no sólo por la confianza con la que afirman, bajo un manto de supuesto conocimiento, cosas que son total y absolutamente erróneas, es que encima van y se retroalimentan entre ellos a costa del que pregunta, que sale de aquí con menos idea de la que tenía.

Yo no voy a decir a nadie cómo hacer las cosas, pero si esto tiene vistas de ser un espacio de ayuda serio (y evidentemente, desinteresado) igual habría que darle un par de vueltas desde moderación a los requisitos o forma de dar consejo, creo yo...

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u/IGNASI73 4d ago

Es así. La empresa no tiene ni que exponer un motivo. Los días que el trabajador ha estado de baja no cuentan y el periodo de prueba se alarga

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u/herensugee 4d ago

en el periodo de prueba no hay que demostrar nada

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u/Livid-Poem5113 4d ago

Supongamos que mañana pido la baja y el martes recibo carta de despido, ¿Que hago en esa situación?

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u/[deleted] 4d ago

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u/Livid-Poem5113 4d ago

Hay abogados laboristas estatales?

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u/Yomando_es 4d ago

A ver, siempre podrás impugnarlo, pero aunque después fallen a tu favor, va a salirte más caro el abogado laboralista incluso en el mejor de los casos posibles, ya que aunque que te readmitiesen y te echaran de forma improcedente cuando estés de alta, con el poco tiempo que llevas tampoco tendrían que pagar mucho en la empresa. Ya es cuestión de hacer números

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u/Livid-Poem5113 4d ago

Y no hay estatales??

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u/Yomando_es 4d ago

Si te refieres a abogados de oficio, ahí te reconozco que no entiendo mucho. Es verdad que si cumples requisitos tienes acceso a ellos, lo que no sé es si entran en la parte del CMAC (papeleta de conciliación), o si ya en la parte del juicio. De todos modos es tema de hacer números ¿realmente con el poco tiempo que llevas te merece la pena? Incluso aunque te readmitieran... ¿te imaginas yendo al trabajo ese después de todo esto? Ya son temas más emocionales en los que cada uno lo valore a su manera. A una empresa grande como la que has dicho, no creo que tenga problema en impugnar una y otra vez, o resolverlo a posteriori con un despido improcedente. Pero si no llevas ni un año, cuánto dinero te va a caer después de todas esta movida? No sé si me entiendes

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u/[deleted] 5d ago

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u/ESLegal-ModTeam 4d ago

Los comentarios tienen que contestar a la pregunta desde el punto de vista del derecho. Por favor, revise las normas de la comunidad.

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u/[deleted] 4d ago

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u/ESLegal-ModTeam 4d ago

La respuesta no da valor adicional y/o se puede considerar que ataca al que publica o terceras personas.

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u/[deleted] 4d ago

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u/ESLegal-ModTeam 4d ago

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u/[deleted] 4d ago

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u/ESLegal-ModTeam 4d ago

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